IMPACTO DE GÉNERO




    El grupo de trabajo integrado por representantes de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a partir de la documentación recibida de los Departamentos Ministeriales elabora el informe de impacto de género que ha sido presentado junto a los Presupuestos Generales de 2012 , tal como es preceptivo por ley : 

INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2012


SOCIAL WATCHerradicación de la pobreza y justicia de género

INDICE DE EQUIDAD DE GÉNERO 2012 – ¿CUÁNTO MIDE LA DESIGUALDAD EN TU PAÍS?

 EL IMPACTO DE GÉNERO

 Normativa vigente en España


En el ámbito estatal la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, en su artículo 15, de carácter básico, señala que es obligatorio transversalizar el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres y “…Las Administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas…”
à        En el ámbito autonómico la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, establece, en su artículo 2 que el ámbito de aplicación de la misma abarca “A las entidades que integran la Administración Local…” y por ello resulta de aplicación su artículo 6 sobre evaluación de impacto de género “Los poderes públicos de Andalucía incorporarán la evaluación del impacto de género en el desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre hombres y mujeres…”.
à        En esta misma línea, la norma dictada para la elaboración del proyecto de presupuesto correspondiente para el ejercicio del 2010 para la Diputación de Málaga, recoge la obligatoriedad de presentar un informe de evaluación de impacto de género en su criterio 16.